Bomberos de la Policía del Chaco: las multas por incendios intencionales y quema de vegetación tiene una multa de hasta 30 sueldos
Informó el director general de Bomberos de la Policía del Chaco, Oscar Roberto Sargenti.
El artículo 106 de la ley 3183-J indica que tendrá «una sanción de 60 días o multa equivalente en efectivo de hasta 30 remuneraciones a toda persona que produjere, provocare o favoreciere un incendio».
Además, señala que «queda prohibida en toda la provincia la quema intencional de vegetación, cualquiera sea su tipo o motivo, sin la previa autorización del organismo competente».