Bomberos de la Policía del Chaco: las multas por incendios intencionales y quema de vegetación tiene una multa de hasta 30 sueldos

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Informó el director general de Bomberos de la Policía del Chaco, Oscar Roberto Sargenti.

El artículo 106 de la ley 3183-J indica que tendrá «una sanción de 60 días o multa equivalente en efectivo de hasta 30 remuneraciones a toda persona que produjere, provocare o favoreciere un incendio».

Además, señala que «queda prohibida en toda la provincia la quema intencional de vegetación, cualquiera sea su tipo o motivo, sin la previa autorización del organismo competente».

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